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Mostrando entradas de marzo 4, 2014

DEUTERONOMIO PARTE III/ EL CÓDIGO DEUTERONÓMICO/ CAPÍTULO 14

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Reunirás el diezmo de los productos de ese año y lo depositarás a la puerta de tus ciudades, para que cuando venga bien el levita, que no recibió parte o herencia como tú, bien el emigrante, el huérfano y la viuda que viven en tu ciudad, puedan comer hasta quedar satisfechos. Y el Señor tu Dios te bendecirá en todo lo que hagas. (Deuteronomio 14:28 y 29) El Antiguo Testamento hace algo desconocido hasta entonces, la protección de la gente vulnerable socialmente. En esta categoría se encuentran aquellos al servicio del templo, los emigrantes, los huérfanos y las viudas, es decir, todos aquellos carentes de medios propios para poderse ganar la vida con dignidad, para generar riqueza por medio de su trabajo. Creo que el principio aplica del mismo modo a los seguidores de Jesús, debemos de ser responsables de la misma categoría de personas, aquellos que generan su subsistencia del servicio a otros miembros de la comunidad de seguidores y aquellos que desde el punto de vist...