DEUTERONOMIO PARTE III/ EL CÓDIGO DEUTERONÓMICO/ CAPÍTULO 24

No le niegues sus derechos al inmigrante o al huérfano, ni tomes en prenda las ropas de la viuda. Recuerda que fuiste esclavo en Egipto, y que el Señor tu Dios te sacó de allí; por eso te ordeno que obres de este modo. Cuando siegues la mies de tu campo, si olvidas en él una gavilla, no vuelvas a buscarla. Déjala para el inmigrante, el huérfano y la viuda. Así el Señor tu Dios te bendecirá en todo lo que hagas. Cuando varees tus olivos, no rebusques en las ramas; lo que quede, déjaselo para el inmigrante, el huérfano y la viuda. Cuando vendimies tu viñedo, no te dediques al rebusco; los racimos que queden déjaselos para el inmigrante, el huérfano y la viuda. 22 Recuerda que fuiste esclavo en Egipto; por eso te ordeno que obres de este modo. (Deuteronomio 24:17-21) Hasta donde mi conocimiento llega las primeras leyes de protección social a los desfavorecidos aparecen en la Biblia, concretamente en el Pentateuco. El inmigrante, el huérfano y la viuda r...